Se puede solucionar problemas sin llegar a juicio?
Por Dr. Ramiro Parra León
Uno de los más frecuentes problemas que preocupa al nivel gerencial de las empresas dedicadas a la producción y/o comercialización de bienes y servicios, es la cada vez más creciente cartera vencida çomo consecuencia de la difícil situación económica por la que atraviesa la mayoría de las familias ecuatorianas, cuya recuperación por la vía judicial se vuelve cada vez más lenta y costosa en perjuicio de la disponibilidad de recursos que la empresa requiere para el cumplimiento de sus objetivos. Deje entonces que nosotros recuperemos su cartera siguiendo los procedimientos de mediación y evite el tormentoso e interminable camino procesal. Recuerde que la MEDIACIÓN constituye la alternativa más eficaz para la solución de sus controversias. Los Procedimientos de Mediación generalmente se sustancian en un lapso no mayor a quince días. Su bondad consiste en que las "Actas de Mediación" , tienen el valor de sentencias ejecutoriadas y para su perfeccionamiento no requieren de ninguna solemnidad, con lo cual se asegura efectivamente el cobro de las obligaciones y la solución de cualquier asunto que de acuerdo con la Ley fuere transigible. En el orden laboral, recuerde que los finiquitos aún legalizados ante el Inspector del Trabajo son impugnables. Las Actas de Mediación solucionan definitivamente sus controversias laborales y en el campo judicial no admiten excepción alguna.
ASUNTOS IMPORTANTES
Qué es la Mediación ? Es el mecanismo alternativo más eficaz e inmediato para la solución de conflictos o controversias, donde el acuerdo voluntario de las partes, con la intervención de un facilitador llamado Mediador, marca el fin de las controversias en un ambiente de paz, armonía y hasta de camaradería
Quiénes pueden recurrir a la Mediación ? Pueden hacerlo usted y todas las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, legalmente capaces para llegar a una transacción. Qué asuntos se puede someter a la Mediación ? Todos aquellos que admitan transacción. Así, los asuntos:
- civiles
- de trabajo
- de inquilinato
- de comercio
- de alimentos y menores en general
- herencias
- particiones
- servidumbres
- conflictos derivados de la contratación pública y privada
- etc.
Qué tiempo demora un Procedimiento de Mediación? Aproximadamente 15 días. Las partes no requieren movilizarse para ningún trámite. Únicamente les corresponde comparecer por sí o a través de un Procurador Judicial a la Audiencia de Mediación, en el día y hora que se señale para el efecto.
Cómo termina el Procedimiento de Mediación:? Con la firma de un Acta de Mediación que puede ser Total o Parcial o de Imposibilidad de Mediación.
Y qué valor tiene el Acta de Mediación? El acta de Mediación Total o Parcial tiene el valor de sentencia ejecutoriada pasada por autoridad de cosa juzgada. Por lo mismo no admite ningún recurso de impugnación.
Si no se cumple el acta, qué se debe hacer? Con una copia certificada del acta, se debe solicitar al Juez competente según la materia, la ejecución de dicha acta, que se hará del mismo modo que una sentencia de última instancia siguiendo la vía del apremio.
Tiene algún costo el Procedimiento de Mediación? Cada Procedimiento de Mediación causa honorarios de acuerdo con la cuantía del asunto que se trate. Dichos honorarios son relativamente bajos y se rigen por la Escala de Honorarios vigente en el Centro. Se paga el 50% a la presentación de la solicitud inicial y el saldo, a la conclusión del caso.
El Procedimiento de Mediación es público? No, tiene el carácter de confidencial, lo cual obliga a mantener la debida reserva, excepto cuando las partes la hubieren renunciado en forma expresa.
Y qué gano recurriendo a los Procedimientos de Mediación? Resuelve su problema en forma rápida, económica y eficaz. Evita los engorrosos trámites judiciales, los interminables "vuelva mañana" , los inagotables recursos y el tormentoso pasatiempo que solamente acaban con su paciencia, su bolsillo, su tranquilidad y a veces, aún con la vida. Evita incidentes, testigos, inspecciones y papeles.
Fundación Mediación y Justicia La Fundación "MEDIACIÓN Y JUSTICIA"
Creada mediante Acuerdo Ministerial No. 944 de 12 de junio del 2002, se permite llevar a vuestra consideración los servicios de su Centro de Mediación, como la alternativa más eficaz , rápida y segura de solución de sus conflictos, para lo cual dispone de la infraestructura necesaria y de un cuerpo de distinguidos Abogados con formación y experiencia en las distintas ramas del Derecho, cuya capacidad, honorabilidad y ética profesional, constituyen garantía de seriedad y prestigio para nuestros usuarios.
Para mayor información pueden visitarnos en En ASUNCIÓN Oe1-62 Y SALINAS, EDIF. SALINAS, OF. 201 DE LA CIUDAD DE QUITO, o llamarnos a los TELEFONOS: 252-6728 Y 223-6046.


